El Gobernador Cuomo ha promulgado varias medidas para proteger a trabajadores durante la pandemia mundial del COVID-19. Todo el estado de Nueva York está en una etapa de Reabrir-NY (ReOpen NY, en inglés) basado en la región e industria. Si usted trabaja para un negocio, cual no está permitido que opere en el estado de Nueva York, no lo pueden obligar a que se presente en el lugar de trabajo. Su empleador tiene que tomar varias precauciones de salud y seguridad si regresa al lugar de trabajo incluyendo proporcionarle una mascarilla, asegurarse que el distanciamiento social sea seguido, disponer de estaciones para lavarse las manos y desinfectarse, y asegurarse que la limpieza y la desinfección ocurran frecuentemente. Su empleador debe implementar ajustes operacionales como la creación de políticas que motiven el trabajo de casa cuando es factible y escalonar los turnos o jornadas para reducir la densidad o concentración el lugar de empleo. Su empleador no lo puede amenazar o tomar represalias en contra de usted por quejarse de que el negocio no debe estar operando o que este ha fallado en tomar las medidas de salud y seguridad adecuadas.
El Gobernador también promulgo una ley que proporciona beneficios a los empleados de Nueva York que han sido afectados por una orden de cuarentena obligatoria, preventiva o de aislamiento a causa del COVID-19 - incluyendo permiso por enfermedad, permiso familiar pagado y beneficios por discapacidad. Vea más información en la sección de Recursos abajo.
Todo negocio tiene que seguir las medidas de salud y seguridad apropiadas.
Importante: Por favor revise las guías en las páginas web del Empire State Development y la de ReOpen NY antes de presentar una queja.
Presentar una queja
COVID-19 Permiso por Enfermedad Pagado: Hoja informativa para trabajadores | Hoja informativa para empleadores
Permiso Familiar Pagado o Beneficios por Discapacidad relacionados con COVID-19
Permiso por Enfermedad Pagado para Neoyorquinos afectados por el COVID-19
Otros Permisos de Ausencias por Condiciones Médicas: Ley Federal de Ausencia Familiar y Médica (FMLA, por sus siglas en inglés).
Ley de Familias Primero Respuesta al Coronavirus: Derechos de Ausencias Pagadas al Trabajador
Preguntas frecuentes sobre salarios y horas.
Leyes Laborales Sobre Pagos y Salarios Suplementales:
Sección 198 C de la Ley del Trabajo del Estado de Nueva York, los beneficios o salarios Suplementales
Requisitos de notificación de beneficios y Salarios Suplementales
Información sobre los beneficios del Seguro por Desempleo
Información y consejos de Departamento de Salud del Estado de Nueva York sobre limpieza, desinfección, y más.
Discriminación y Represalias con respecto a sus Derechos Humanos
Para quejas de discriminación u hostigamiento en el trabajo basadas en la raza, identidad étnica, sexo, orientación sexual, discapacidad, edad u otra categoría protegida, puede comunicare con la Division de Derechos Humanos del Estado de Nueva York, La Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de Nueva York (para lugares de trabajo ubicados en la Ciudad de Nueva York), o la Comisión Federal para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo.
Continuación de Seguros de Salud:
Para problemas de cobertura en negocios con 20 empleados o más, comuníquese con la Administración Federal de Seguridad de Beneficios del Empleado (EBSA, por sus siglas en inglés). Para negocios con menos de 20 empleados, comuníquese con el Departamento de Servicios Financieros del Estado de Nueva York.
This Page... Was Helpful Needs Improvement
Thanks for the feedback! It will help us improve your experience.